• Una sentencia del T.Supremo sobre el permiso por puntos obligará a Tráf

    From Alvaro Canteiro@2:341/14.86 to All on Thu Jul 2 00:19:52 2009
    Hola!

    http://www.aeaclub.com/0055_ts/

    Saludos:
    Alvaro

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    * Origin: WinPoint (2:341/14.86)
  • From Enric Lleal Serra@2:343/107.1 to Todos on Thu Jul 16 15:26:18 2009
    ­Hola Todos!

    El Jueves 02 Julio 2009 a las 00:19, Alvaro Canteiro escribi¢ a All:

    http://www.aeaclub.com/0055_ts/

    Los automovilistas podr n revisar sus expedientes de p‚rdida de puntos hasta el 18 de septiembre de 2009

    Una sentencia del T.Supremo sobre el permiso por puntos obligar  a Tr fico
    a revisar millones de multas

    Madrid, 29 jun. (AEAPress).- A punto de cumplirse 3 a¤os desde la implantaci¢n del permiso por puntos en nuestro pa¡s, la Direcci¢n General de Tr fico no va a
    poder presentar un balance sin mancha del sistema, ya que el Tribunal Supremo acaba de dictar una sentencia, en contestaci¢n a un recurso planteado por la organizaci¢n de defensa de los conductores, AUTOMOVILISTAS EUROPEOS ASOCIADOS (AEA), en la que condiciona la legalidad de las normas reguladoras del permiso por puntos a que se interpreten de manera que no se cree indefensi¢n en los ciudadanos "permitiendo que se pueda recurrir la p‚rdida parcial de puntos, incluso aunque se haya pagado la sanci¢n con descuento".

    La sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Eduardo Calvo Rojas, supone un serio varapalo jur¡dico para la Direcci¢n General de Tr fico porque durante estos tres a¤os ha aplicado el sistema de puntos de forma totalmente contraria a como el Tribunal Supremo dice que hab¡a que haberlo hecho, y "por esa raz¢n ahora tendr  que revisar todos los expedientes con p‚rdida de puntos que ha tramitado", seg£n afirma AEA en una nota hecha p£blica esta ma¤ana.

    AEA consigue que se reconozca el derecho a la defensa, negado por la Administraci¢n

    El presidente de AEA, Mario Arnaldo, se ha mostrado muy satisfecho con esta sentencia y ha anunciado que su asociaci¢n no la recurrir  ni ante el Tribunal Constitucional, ni ante el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas, porque "a pesar de que el Supremo no anula la normativa reguladora del permiso por puntos como hubiera sido nuestro deseo, s¡ hemos conseguido el objetivo que
    persegu¡amos, que es el que se reestablezcan en nuestro pa¡s las garant¡as jur¡dicas de defensa de cerca de 25 millones de ciudadanos, las cuales hab¡an sido cercenadas desde el pasado 1 de julio de 2006 por la Direcci¢n General de Tr fico (y otras Administraciones con competencia en materia de tr fico) al aplicar el sistema de puntos con manifiesta vulneraci¢n de sus derechos fundamentales."

    Para corroborar tales afirmaciones, el presidente de AEA ha hecho p£blicas algunas de las resoluciones firmadas por el propio Director General de Tr fico,
    se¤or Pere Navarro, en las que desde el a¤o 2006 ha venido negando sistem ticamente que la "p‚rdida de puntos tuviera consideraci¢n legal de medida sancionadora" y por ello no pod¡a recurrirse. En concreto dec¡a el m ximo responsable de la DGT "no procede entrar en consideraciones en cuanto a la p‚rdida de puntos" (Ver resoluciones adjuntas dictadas con el mismo argumento en 2006 y recientemente en 2009).

    La p‚rdida de puntos es una sanci¢n.

    Sin embargo, la sentencia del Supremo no puede ser m s clara en este sentido, corrigiendo de plano los argumentos sustentados hasta ahora por el Director General de Tr fico para impedir que los automovilistas espa¤oles pudieran recurrir la p‚rdida parcial de puntos.

    As¡ en el p rrafo tercero del fundamento jur¡dico cuarto de la Sentencia, el Supremo dice que "pese a que la p‚rdida de puntos no aparece incluida en el cat logo de sanciones del art¡culo 67 del Texto Articulado aprobado por Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo (redacci¢n dada por la Ley 17/2005,
    de 19 de julio), es indudable que la p‚rdida de puntos es una medida que tiene car cter materialmente sancionador."

    . y se puede recurrir, dice el Supremo

    Y respecto a la posibilidad de recurrir la p‚rdida parcial de puntos, negada tambi‚n por el se¤or Navarro en sus resoluciones, el Tribunal Supremo afirma (p rrafo sexto del Fundamento jur¡dico cuarto) que: "puesto que de otro modo podr¡a producirse la indefensi¢n a la que alude la demandante, debe tambi‚n afirmarse que en la impugnaci¢n que se dirija contra la resoluci¢n sancionadora
    podr n cuestionarse no s¢lo la conductora infractora y la cuant¡a de la sanci¢n
    pecuniaria sino tambi‚n la medida relativa a la p‚rdida de puntos y la correcta
    aplicaci¢n del Anexo-II introducido por la Ley 17/2005 (baremos para cuantificar la p‚rdida de puntos que comporta cada infracci¢n), siendo admisible que la impugnaci¢n se refiera s¢lo a ‚sta £ltima cuesti¢n

    Incluso aunque se haya pagado la multa con descuento

    Pero es que tambi‚n el Supremo reconoce el derecho a recurrir la p‚rdida parcial de puntos aunque se hubiera pagado la multa acogi‚ndose al descuento del 30% por pronto pago (p rrafo octavo); as¡ como la obligaci¢n de la Administraci¢n de informar cumplidamente al ciudadano de los puntos que podr  perder antes de que se le imponga la sanci¢n, e incluso despu‚s de dictarse la resoluci¢n sancionadora (p rrafo quinto).

    Ninguno de estos derechos, y por ninguna Administraci¢n, se han respetado en los cerca de tres a¤os que lleva funcionando el permiso por puntos en Espa¤a.

    El caso flagrante del Ayuntamiento de Barcelona

    "Es m s -indica AEA en su nota-, existen casos flagrantes como el del Ayuntamiento de Barcelona que en ninguna de las resoluciones sancionadoras dictadas durante estos tres a¤os ha informado a los automovilistas que una vez fueran firmes las sanciones se detraer¡an determinados puntos de su saldo".

    Y todas estas actuaciones no son ajustadas a derecho, seg£n la sentencia del Supremo, porque se han producido con evidente vulneraci¢n de los derechos fundamentales de los ciudadanos. Esa es la raz¢n por la que las distintas administraciones con competencia en materia de tr fico deber¡an revisar de oficio las resoluciones sancionadoras en las que se haya privado al ciudadano de su derecho de informaci¢n y del de recurrir la p‚rdida de puntos. Aproximadamente unos 2.500.000 de expedientes.



    Revisi¢n de expedientes: reclamar en 3 meses

    A pesar de que la revisi¢n de expedientes debe realizarse de oficio por las propias administraciones, AEA la va a solicitar a la Direcci¢n General de Tr fico, a la Generalitat de Catalu¤a, al Gobierno Vasco, y a los m s de ocho mil ayuntamientos que en estos tres a¤os han podido detraer puntos vulnerando derechos fundamentales de los ciudadanos.

    No obstante, AEA quiere advertir que con independencia de su actuaci¢n, los conductores afectados (unos dos millones de automovilistas) disponen de tres meses (hasta el 18/9/09) para pedir la revisi¢n de sus expedientes y solicitar la cancelaci¢n de los puntos detra¡dos, en aquellos casos en que se hubiera producido vulneraci¢n de derechos y libertados susceptibles de amparo constitucional, por ejemplo, porque se ha impedido el ejercicio del derecho a la defensa "al negar que la detracci¢n de puntos constitu¡a una sanci¢n y no era recurrible".

    El Defensor del Pueblo, la Agencia de Protecci¢n de Datos y los parlamentarios deber¡an intervenir

    Por otra parte, AEA va a remitir al Defensor del Pueblo y al Director de la Agencia Espa¤ola de Protecci¢n de Datos la sentencia del Tribunal Supremo sobre
    el permiso por puntos, a fin de que tengan conocimiento de la misma, y por si de su contenido se derivara alguna actuaci¢n que tuvieran que realizar dentro del  mbito de sus competencias, con el fin de proteger los derechos fundamentales que la Constituci¢n y la Ley reconocen a los ciudadanos.

    Igualmente AEA se va a dirigir a todos los grupos parlamentarios para que redise¤en de nuevo el permiso por puntos, adapt ndolo no s¢lo a las consideraciones del Supremo, sino al modelo de permiso por puntos que se utiliza en toda Europa, en el que la p‚rdida de puntos constituye una sanci¢n y
    puede ser recurrida como garant¡a de los derechos fundamentales de los ciudadanos.

    Y tambi‚n, por qu‚ no decirlo, para hacerlo m s eficaz frente a los infractores
    "porque la experiencia adquirida en estos tres a¤os -seg£n AEA-, no puede calificarse de positiva a la vista de las previsiones del Gobierno y los resultados obtenidos".

    M s muertos de los previstos por el gobierno

    En las previsiones contenidas en el Plan Estrat‚gico de Seguridad Vial 2004-2008 el Gobierno se fij¢ como objetivo general "la reducci¢n del 40% de la cifra de fallecidos en el periodo de su vigencia, tomando como referencia los datos del a¤o 2003". Ello significaba que en el quinquenio 2004-2008 la cifra de fallecidos no podr¡a superar los 20.078. Sin embargo en el balance definitivo del programa se han contabilizado 20.192 muertos. Es decir, se han producido 114 muertos m s de los previstos por el Gobierno, a pesar del entrada
    en vigor del permiso por puntos y la reforma del C¢digo Penal.

    Y lo mismo ha ocurrido con el n£mero de accidentes con v¡ctimas, en los que tambi‚n en el balance definitivo se han contabilizado m s siniestros de los previstos, as¡ como en el resto de objetivos estrat‚gicos (26 en total) de los que a£n no se ha ofrecido ninguna explicaci¢n oficial.

    Balance de tres a¤os del permiso por puntos

    Pero es que respecto al n£mero de conductores que han perdido puntos y aquellos
    que han realizado los cursos de sensibilizaci¢n, tampoco se han cumplido las previsiones del gobierno. Seg£n datos de la Direcci¢n General de Tr fico, desde
    el 1 de julio de 2006 hasta el 30 de abril pasado, cerca de dos millones de infractores han perdido ocho millones de puntos en nuestro pa¡s. Cerca de 500.000 han perdido la mitad de su saldo, y 24.000 han perdido el permiso por haber agotado la totalidad de los puntos asignados. Respecto de las personas que han pasado por los cursos de sensibilizaci¢n 24.900 conductores realizaron un curso de 12 horas para la recuperaci¢n parcial de 4 puntos, y 5.086 asistieron a un curso completo de 24 horas para recuperar el permiso.

    Estos datos, a£n siendo importantes, contrastan con las previsiones que el entonces ministro del Interior, se¤or Alonso, hizo en el a¤o 2004 con motivo de
    la presentaci¢n del permiso por puntos en su comparecencia en la Comisi¢n no permanente sobre Seguridad Vial y Prevenci¢n de Accidentes del Congreso. En dicha Comisi¢n manifest¢ que la previsi¢n del gobierno en base a los datos de infracciones graves y muy graves del registro de conductores, era que "unos 6.000 conductores al a¤o podr¡an perder el permiso de conducci¢n, y un m ximo de 60.000 podr¡an estar interesados en realizar los cursos de recuperaci¢n parcial de los puntos".



    Muchos pierden el carn‚, pero pocos hacen los cursos

    Sin embargo, estas previsiones no se han cumplido ya que por una parte han perdido el carn‚ un 30% m s de conductores de los previstos -con lo cual no se ha obtenido el efecto preventivo que se esperaba por el simple anuncio de la medida- y, por otra, las aulas donde se iba a producir el milagro transformador
    despu‚s de un ba¤o de sensibilizaci¢n vial est n hueras de infractores: ­S¢lo han pasado por los cursos de recuperaci¢n de puntos el 13% de los 180.000 infractores calculados!

    Son cifras dif¡ciles de explicar, especialmente aquellas referidas a los conductores que habiendo perdido la totalidad de los puntos no han pasado a£n por los cursos de recuperaci¢n del permiso, ya que de ser ciertas las cifras oficiales significar¡a que, o bien un 60% de los conductores espa¤oles ha renunciado a volver a recuperar su derecho a conducir (algo que nos parece poco
    probable), o bien que esos conductores los est n haciendo furtivamente (algo que nos parece preocupante).

    El r‚gimen de puntos se ha aplicado de forma discriminatoria a los espa¤oles respecto de los extranjeros

    Otro aspecto sobre el que tambi‚n se ha pronunciado el Tribunal Supremo -y que AEA ha venido denunciando desde la implantaci¢n del carnet por puntos- ha sido la aplicaci¢n del sistema a los conductores extranjeros. En el fundamento jur¡dico tercero de la sentencia se afirma que para que la aplicaci¢n del permiso por puntos "no incurra en discriminaci¢n debe ser interpretada en el sentido de que es obligatoria para la Administraci¢n la inscripci¢n de oficio en el Registro de conductores e infractores de los permisos de conducci¢n expedidos por terceros pa¡ses, comunitarios o no, cuando el titular de un permiso tenga su residencia normal en Espa¤a y cometa en territorio espa¤ol por
    primera vez una infracci¢n de las que puedan dar lugar a la p‚rdida de puntos (infracciones graves y muy graves)."

    Pues bien, seg£n AEA "durante estos tres a¤os el permiso por puntos se ha aplicado de forma discriminatoria a los conductores espa¤oles respecto de las infracciones con permiso extranjeros, por cuanto a ninguno de estos se les ha aplicado la detracci¢n parcial de puntos, ni se les ha declarado la p‚rdida de vigencia de su permiso por haber agotado todos los puntos".

    No obstante, esta situaci¢n quedar  parcialmente resuelta a partir del pr¢ximo mes de octubre porque el nuevo Reglamento de Conductores -aprobado casualmente por el Gobierno quince d¡as antes de que el Tribunal Supremo dictara sentencia-, ya prev‚ un sistema para quitar puntos a los conductores extranjeros residentes en nuestro pa¡s. Sin embargo, la nueva norma no afectar 
    a los no residentes (los turistas) con lo que podr n seguir cometiendo impunemente infracciones en nuestro pa¡s, en lo que a detracci¢n de puntos se refiere.

    "Y este no es un problema menor ya que se calcula en un 5% el porcentaje de conductores no residentes que circulan por nuestras carreteras, de los cuales un 25% no respetan los l¡mites de velocidad" -indica AEA.

    Seguir  habiendo ayuntamientos que quiten puntos y otros no

    Respecto de la objeci¢n que desde AEA se ha venido haciendo en relaci¢n con la aplicaci¢n del permiso por puntos en el  mbito local el Supremo considera "que los problemas de coordinaci¢n inter-administrativa que hayan podido existir en ‚ste concreto  mbito es claro que no afectan a la vigencia y validez de la norma".

    Por tanto, en este asunto el permiso por puntos se seguir  aplicando de manera irregular en el  mbito local, y por eso el sistema seguir  siendo poco eficaz. A lo largo de la tramitaci¢n del recurso, aproximadamente hace ahora un a¤o el Director General de Tr fico informaba al Tribunal Supremo que los "municipios que no se hab¡an adaptado al sistema representaban un porcentaje del 21,79 % de
    la poblaci¢n total de los municipios de Espa¤a."

    Unos meses m s tarde las afirmaciones del m ximo responsable de la seguridad vial en Espa¤a quedaban en entredicho ya que un informe oficial publicado por el Observatorio de Seguridad Vial reconoc¡a que s¢lo figuraban adscritos al sistema del carn‚ por puntos 416 ayuntamientos de los 8.100 que hay en nuestro pa¡s. Es decir, s¢lo el 5% de los municipios.

    Hoy, seguimos sin conocer cu ntos ayuntamientos est n aplicando el sistema, y cu ntos han detra¡do ya puntos. Pero sea cual fuere el dato correcto lo cierto es que desde su entrada en vigor, el d¡a 1 de julio de 2006, el permiso por puntos no se ha aplicado de forma homog‚nea en todo el territorio nacional, ni se ha aplicado con igualdad a todos los titulares de permisos o licencias de conducci¢n expedidos por las autoridades espa¤olas. Y esta situaci¢n ha dado lugar a que ante unos mismos hechos unos municipios detraigan puntos y otros no, con una evidente quiebra del principio de igualdad y de interdicci¢n de la arbitrariedad, de dif¡cil correcci¢n.

    Por £ltimo, AEA se¤ala en su nota "que estas graves disfunciones en la aplicaci¢n del permiso por puntos deber¡an ser corregidas de inmediato sin utilizar parches como se ha hecho hasta ahora, especialmente en lo que concierne al ejercicio del derecho a la defensa, porque la seguridad vial no tiene por qu‚ estar re¤ida con las garant¡as jur¡dicas de los ciudadanos"

    -
    A reveure!!
    Enric
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